¿Por qué sigue estando presente el crucifijo en los actos de jura del Presidente y de los ministros?
Sábado, 12 de abril
La constitución española, en el artículo 16 garantiza la libertad religiosa y de culto de los individuos y grupos:
Artículo 16
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con
El problema es que la libertad religiosa en España es (de momento) una utopía eclipsada por el favoritismo del Gobierno hacia la Iglesia católica.
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